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Clasificación Medios de Pago Internacionales |
Para facilitar el comercio exterior
entre empresas, y eliminar
la desconfianza que pudiera existir entre compradores y vendedores, se
establecen diferentes formas de pago. En las operaciones comerciales,
especialmente en las internacionales, la preocupación por la seguridad en el
cobro se acentua. Lo ideal para los exportadores sería recibir por
transferencia bancaria el dinero anticipado a la propia fabricación del producto
a servir, principalmente en las primeras operaciones comerciales con un nuevo
cliente. Pero es dificil que esto sea aceptado por el comprador, por lo que se
suele recurrir en el comercio internacional, generalmente, al instrumento
de pago denominado Carta de Crédito o Crédito Documentario. Los Créditos
Documentarios están regulados por la Cámara de Comercio Internacional
(CCI), a través de los Usos y Reglas Uniformes Relativas a los Créditos
Documentarios.
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Esquema Funcionamiento del Crédito Documentario |
El Crédito Documentario (Carta de
Crédito o Letter of Credit, CD o LC), es un convenio en virtud del cual un
banco, banco emisor, que actúa a petición del importador, y de
conformidad con sus instrucciones, se compromete a efectuar un pago al
exportador contra la presentación de una serie de documentos, dentro de
un tiempo límite especificado y siempre que se cumplan los términos y las
condiciones fijados en el crédito.
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Instrumento que proporciona liquidez |
Es un instrumento diseñado para
proteger al exportador. Le reporta una liquidez inmediata. El
beneficiario del crédito documentario obtiene el pago inmediato de unos
derechos de cobro aplazados. Mejora sus ratios financieros, ya que el
beneficiario convierte en disponible los derechos de cobro frente al banco. Se
disminuyen los riesgos que puedan recaer sobre el banco emisor, o el país del
banco emisor, si existe compromiso de pago del banco del vendedor. Se
mantiene la disponibilidad de las líneas bancarias. La liquidación
anticipada de las obligaciones se efectúa al amparo del crédito documentario,
sin ocupar línea del beneficiario, que queda disponible para otras operaciones.
En todo acuerdo comercial
internacional se puede establecer como medio de pago el Crédito Documentario.
Para la solicitud del Crédito Documentario, el comprador debe
cumplimentar la «Formulario de Solicitud
de apertura del Crédito Documentario», en los términos que se hayan acordado con el
vendedor. El banco del importador pasa a comprometerse a atender al pago de la
operación, avalando el pago a la vista o a plazo. Este aval se establece con
anterioridad al envío de la mercancía y de los documentos de la exportación.
Los bancos nunca trabajarán con la mercancía, lo hacen con los documentos de la
operación.
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Control documentación de la operación |
Con la emisión del Crédito
Documentario, este se convierte en medio de pago, siendo a la misma vez un
instrumento de garantía y de financiación. Aporta seguridad a la operación y
rapidez en el cobro, especialmente en el caso del Crédito Documentario
confirmado. La protección jurídica de la operación pasa a regirse por las UCP 600. Hasta que se realice el pago, nuestro
banco tiene control sobre la documentación de la operación comercial.
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El Crédito Documentario permite la financiación |
El Crédito Documentario permite una
financiación sin endeudamiento, al no aparecer la operación en la Central de Información de Riesgos del Banco
de España, (CIRBE) A su vez,
permite eliminar las primas de seguros de crédito para el comercio
internacional y la solicitud de calificación de la empresa compradora. Es, en
definitiva, una compra sin recurso de un compromiso de pago instrumentado en un
Crédito Documentario, funcionando para el exportador «como un Forfaiting». (A
diferencia del «Forfaiting convencional», la liquidación anticipada de
obligaciones contraídas por el banco no requiere de un documento de cesión de derechos
a su favor). Es aconsejable anticipar todos los cobros lo antes posible.
Las principales modalidades de
Crédito Documentario son: confirmados o no confirmados, revocables
o irrevocables, a la vista o a plazo.
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Tipos de Créditos Documentarios |
El que transmite más seguridad a la
operación sería el irrevocable, puesto que el crédito no podrá ser
modificado o cancelado sin el acuerdo del banco emisor, banco confirmador (si
lo hubiese) y del beneficiario. Pasa a ser un compromiso en firme por parte del
banco emisor a favor del exportador.
Si existe confirmación por
parte del banco del exportador, además de la notificación del crédito a su
cliente, este realiza las gestiones encomendadas por el banco ordenante o banco
del importador, asumiendo el banco confirmador un compromiso de pago,
asegurándose el exportador el rembolso en caso de que el banco emisor no lo
hiciese. Esta modalidad se usa cuando hay dudas sobre la solvencia del país del
banco emisor o banco del importador. (Es aconsejable informarse en nuestro
banco de los mejores bancos del país del importador, para así ofrecerle
previamente a nuestro cliente una lista de «bancos seguros» para la apertura
del LC).
El momento de cobro de la Carta de
Crédito para el exportador, dependerá de si
se pactó un pago «a la vista»
(contado contra entrega de documentos), o
«a plazo» determinado, (por lo general se pacta a
90 o 120 días de la fecha de embarque).
Según su modalidad, los costes
del Crédito Documentario van a variar. Indicamos, a título orientativo, los
posibles costes de la operación:
Tarifa máxima Banco España
Práctica bancaria
1. AVISO;
50
€
0 €
2. NEGOCIACIÓN;
1,5%
0,2%-0,7% valor
3. COBRO;
0 €
0 €
4. CONFIRMACIÓN;
---
1%-1,5%
trimestral
La apertura del Crédito
Documentario se realiza mediante el envío del SWIFT MT700 al vendedor o exportador, el cual debe revisar que las
clausulas se hayan redactado según lo negociado. Se tienen dos días desde la
recepción para indicar discrepancias. (Se aconseja prestar especial
atención a las siguientes clausulas: 46A; documentos a
aportar, 71B; gastos de la operación, 48; plazo para la
presentación documentos, 49; instrucciones de confirmación.
Existe una mala práctica bancaria al
poner la palabra COMFIRM en la clausula 49. El banco confirmador
suele cargar en la cuenta del exportador la cantidad del coste de confirmación.
Para evitarlo, se aconseja poner MAY ADD en dicha casilla. Esta
expresión posibilita una posterior confirmación del L/C, si llegara a
interesar, y sin verse por ello obligado desde un principio a la confirmación
del Crédito Documentario.
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Con la correción del SWIFT MT700, el pedido se hace firme |
Al afirmar la corrección del SWIFT
MT 700, el pedido se hace firme e irrevocable, de ahí la seguridad que aporta el Crédito
Documentario a cualquier operación. A su vez, el buen fin de los documentos
no garantiza el buen fin comercial. Los litigios comerciales son paralelos.
El comprador dispondrá de 5 días
para mostrar la conformidad o las discrepancias de los documentos. (Para evitar dilaciones, se
aconseja haber trabajado anteriormente a estos plazos con copias de los
documentos que el importador ya haya aprobado). Las discrepancias de los
documentos suelen venir por las tolerancias en el importe del crédito,
cantidad y precios unitarios, por la validez o no del transporte
multimodal y de transbordos, también por el listado de documentos,
nº originales y nº copias, o bien por los términos de renuncia y las posibles
notificaciones.
Debemos de asegurarnos de que el compromiso
del pago es en las condiciones establecidas, tanto en la
disponibilidad, fecha de vencimiento y lugar de presentación. Al mismo tiempo
estudiaremos si nos interesa la confirmación o no del Crédito Documentario.
En la clausula 44C del SWIFT MT700
se debe indicar la fecha límite de embarque de la mercancía, el cual
deberá ser siempre posterior a la confirmación de que los documentos son
correctos.
Normalmente
los documentos presentados a confirmación suelen ser:
Factura Comercial, con las condiciones generales de la
venta.
Contrato Comercial operación, con los términos completos del
acuerdo.
Packing list, o relación
del contenido de la factura comercial. Se especificaran en este documento los
siguientes detalles de la mercancía: peso bruto, peso neto, embalaje,
cantidades por referencia de producto, y denominación precisa con
identificación de marcas.
Bill of
Lading o Air WayBill, documento de transporte.
Seguro, en la divisa de la operación
comercial. Se especificará si es póliza o certificado, pagadero en el país del
importador. Habrá que indicar si es la cobertura básica ICC, o bien un % del
valor mercancía.
Certificado de Origen, indicando si debe ser EUR1 o FORM A.
International Cargo Clauses, con la indicación los riesgos excluidos.
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Envío de los documentos |
En el plazo máximo de 5 días a la
presentación del SWIFT MT700, se enviarán dichos documentos. El envío se aconseja realizarlo
por alguna empresa de paquetería privada, mostrando al comprador o importador
el albarán y número del envío para posibilitar su seguimiento. La entrega de
los documentos solicitados en el Crédito Documentario al importador, será
en el plazo acordado en la cláusula 48. Normalmente son 21 días a partir de
la fecha del BL.
Se garantiza en todo momento la
custodia de la documentación por nuestro banco, hasta la resolución de las
posibles discrepancias, con toda la seguridad que ello implica. Al recibir
los documentos el banco del importador, este revisa los documentos y los aporta
a su cliente que pasa a retirar la mercancía.
Puede que el Crédito Documentario sea un medio de pago con un coste
relativamente elevado. Pero constituye un compromiso firme por parte del
banco emisor, que implica tanto la confirmación en firme del pedido del
importador, al emitirse el SWIFT MT700, como el hecho de ser un aval de
ejecución segura, si los documentos son conformes.
@rafaferfu